El Bono a la Mujer Trabajadora es un aporte que se encarga de beneficiar a las mujeres y todas las jefas de hogar que estén en estado de vulnerabilidad. El bono puede variar en condición de la renta que reciben, y el mismo será pagado solo aquellas que cuenten con todas sus cotizaciones previsionales y de salud al día.
En dado caso de que el aporte llegue a ser suspendido por las cotizaciones de salud o por pensión impaga, puede realizar un reclamo en el Buzón Ciudadano. Es importante que indique la fecha exacta en el que fue suspendido el pago de su bono y se adjunte toda la documentación necesaria, en caso de que corresponda.
Es un bono incompatible con el Subsidio al Empleo joven, y con cualquiera de los programas que hayan sido presentados por el Estado con relación al empleo.
Postulación al Bono Trabajo de la Mujer ¿Cuándo puede hacerse?
Si en la actualidad te encuentras trabajando, sin importar si es en caso de dependiente o independiente, tienes la posibilidad de aumentar todos tus ingresos hasta por un 20%, pero no solamente tú, sino que el empleador también tendrá la posibilidad de recibir un bono monetario o incentivo.
Para poder postularte al Bono Mujer Trabajadora, es necesario que realices los siguientes pasos:
- Debes ingresar en este enlace y colocar tu RUT, el sistema se encargará de indicarte si puedes o no postularte.
- En caso de que no posean el Registro Social de Hogares (RSH) será necesario que los tramites directo en tu municipalidad.
- Si cuentas con todos los requisitos al día, es importante que te registres directamente en el SENCE o también utilizar tu clave única. Para poder registrarte, deberás acceder a este enlace. De forma automática se te presentará un formulario donde debes colocar todos los datos personales. Al finalizar solamente debes hacer clic en “Guardar Registro”
Postúlate al Bono de la Mujer Trabajadora desde este enlace.
- Debes agregar tu RUT y la clave única SENCE.
- Haz clic en la opción de “Postular”
Es necesario que agregues toda la información con respecto al pago, puedes seleccionar mensual o anual. Es importante destacar que se trata de un beneficio que se acumula de manera anual, por lo que los adelantos mensuales pueden considerarse como un 75% del pago total.
Nota:
En caso de que la postulación sea aceptada, y hayas solicitado los anticipos de manera mensual, el primer pago será realizado con tres meses de desfase.
Trabajadoras independientes que se rigen de acuerdo al Código de Trabajo
- Deben tener una edad comprendida entre 25 a 59 años con 11 meses.
- Necesitan pertenecer a la población del 40% más vulnerable.
- Deben tener acreditada una renta bruta de $6.421.781 durante todo el año del calendario en que reciben el bono. En el año 2022, si las trabajadoras reciben el beneficio mediante las provisionales mensuales, deben acreditar una remuneración bruta que sea inferior a 535 mil pesos mensuales.
- No deben trabajar para instituciones del Estado o tener una empresa con participación pública que sea superior al 50%
- Deben mantenerse al día con las cotizaciones previsionales y las de salud durante todo el periodo en que se concede el bono.
- No pueden registrarse solicitudes o mantener alguna pendiente como beneficiarias del Subsidio al Empleo Joven.
Adicionalmente, las empleadoras y empleadores de las trabajadoras dependientes también serán beneficiarios si cumplen con los requisitos mencionados. El pago de la parte del bono corresponderá a los empleadores y se pagará de manera mensual.
Requisitos para trabajadoras independientes:
- Deben tener entre 25 a 29 años.
- Acreditar una renta bruta que sea inferior a $6.421.781.
- Acreditar sus rentar del SII durante el año del calendario donde reciben el beneficio.
- Deben acreditar todos los pagos de sus cotizaciones provisionales y de salud.
Calendario de aprobación y pagos mensuales del bono
Mes de la postulación | Mes de la aprobación o el rechazo | Pago mensual – Primer mes de Pago | Pago anual – Primer pago |
Enero 2022 | Abril 2022 | Mayo 2022 | Pago anual para procesar 2022 – Pago anual para gestionar y procesar 2023 |
Febrero 2022 | Mayo 2022 | Junio 2022 | |
Marzo 2022 | Junio 2022 | Julio 2022 | |
Abril 2022 | Julio 2022 | Agosto 2022 | |
Mayo 2022 | Agosto 2022 | Septiembre 2022 | |
Junio 2022 | Septiembre 2022 | Octubre 2022 | |
Julio 2022 | Octubre 2022 | Noviembre 2022 | |
Agosto 2022 | Noviembre 2022 | Diciembre 2022 | |
Septiembre 2022 | Diciembre 2022 | Enero 2023 | |
Octubre 2022 | Enero 2023 | Febrero 2023 | |
Noviembre 2022 | Febrero 2023 | Marzo 2023 | |
Diciembre 2022 | Marzo 2023 | Abril 2023 | PAGO ANUAL 2023 – A PROCESAR Y GESTIONAR EN AGOSTO 2024 |